CAD (Comité de Ayuda al Desarrollo): (1961) Es el principal órgano de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para las cuestiones de la Cooperación al Desarrollo (ver OCDE). Al CAD, le corresponde conseguir que los esfuerzos internacionales en Cooperación al desarrollo sean coordinados, integrados, eficaces y adecuadamente financiados. Tiene un papel fundamental en la Cooperación bilateral y en la planificación de la Ayuda al Desarrollo de los países que lo componen; junto con el PNUD y el Banco Mundial es el principal organismo de la Cooperación Internacional. Entre sus actividades: plantear las directrices generales de la política de Cooperación al Desarrollo, revisar periódicamente los programas de la Cooperación al Desarrollo, publicar informes y estadísticas, y constituir un foro para el diálogo y el consenso internacional en la Cooperación al Desarrollo. La llamada lista del CAD contiene a los países y territorios candidatos a recibir ayuda internacional.
Carta Humanitaria: (ver Proyecto Esfera y Manual Esfera) Documento que reconoce y reafirma el derecho de asistencia humanitaria de la población afectada por desastres naturales o conflictos armados siguiendo las directrices de la Declaración de Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. Sus tres principios básicos son el derecho a una vida digna, la distinción entre combatientes y no combatientes, y el principio de no devolución de un refugiado a su territorio si su vida corre peligro en su país de origen.
Catástrofe: Acontecimiento extremo, de origen natural o humano, que en determinados momentos puede llevar al lugar donde se ha producido a una situación de desastre. Es decir, una catástrofe, en un contexto de vulnerabilidad, es la que puede llevar a la zona donde se ha producido a la situación de desastre. Entre las catástrofes se incluyen; las naturales como terremotos, huracanes o inundaciones, y las humanas como conflictos armados o accidentes nucleares, entre otros.
Códigos de Conducta: Documentos elaborados por las ONG en sus espacios de encuentro - Ej. Código de Conducta de las ONG de Desarrollo de la Coordinadora de ONGD de España -, con el objetivo de tener unos criterios para evaluar las actuaciones de las organizaciones, como adecuadas o no, en distintos campos: pautas comunicativas, publicidad y uso de imágenes; ayuda humanitaria y de emergencia; proyectos en terreno; recursos humanos y económicos; transparencia y gestión, entre otros.
Codesarrollo:Se enmarca en la idea de que los movimientos migratorios pueden redundar en aspectos positivos para las comunidades de origen de las personas migrantes pero, además, estas personas pueden ser partícipes del Desarrollo de la sociedad de destino. Puede resumirse en la fórmula "desarrollo en origen e integración en destino": conseguir el Desarrollo humano en los países que son fuente de migraciones y acciones orientadas a lograr la integración de los inmigrantes en las sociedades de acogida.
Comercio justo: Tipo de comercio que posibilita el acceso de los productores de los países en Desarrollo a los mercados de los países ricos, se basa en relaciones de equidad y solidaridad en el comercio internacional, y se orienta a la reducción de la pobreza, asegurando los derechos de los productores y trabajadores, en el del Desarrollo sostenible. Debe cumplir una serie de requisitos: condiciones de trabajo dignas y salarios justos y adecuados, igualdad entre hombres y mujeres, ausencia de explotación infantil, funcionamiento democrático, establecimiento de relaciones comerciales a largo plazo, pago de una parte por adelantado, beneficios destinados a satisfacer las necesidades básicas de las comunidades de productores, calidad de los productos, respeto medioambiental y cultural, e información fiable y veraz al consumidor.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: (Ver Pactos Internacionales de Derechos Humanos).
Condicionalidad: Condiciones que un país donante de Ayuda al Desarrollo impone al país receptor. Siempre presente en los mecanismos de Cooperación para el Desarrollo, su concepción ha ido variando con el tiempo; desde la exigencia de profundas transformaciones estructurales en las economías de los países receptores si querían recibir Ayuda, hasta el compromiso de que los países receptores otorgasen beneficios comerciales a los donantes o que se exigiera un respeto a los Derechos Humanos y una legitimidad democrática a los gobiernos de países receptores de Ayuda al Desarrollo. A pesar de los intereses no siempre éticos que en ocasiones mueven a la condicionalidad, no tiene por qué ser consideradas siempre de manera negativa; el error es que se supedite el perseguir un objetivo desinteresado y considerado básico para la convivencia humana digna de toda sociedad a la imposición de cualquier mecanismo para conseguirlo.
Conferencia de Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD): (1964) Promueve la integración de los países en Desarrollo en la economía mundial dentro de un marco propicio para el Desarrollo. La organización ha evolucionado hasta convertirse en una autoridad basada en el conocimiento, cuya labor tiene por objeto orientar los debates actuales sobre políticas y la reflexión en materia de Desarrollo, velando especialmente para que las políticas nacionales y la acción internacional se complementen mutuamente para lograr un Desarrollo sostenible.
Conferencias de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo: (Estocolmo 1972, Río de Janeiro 1992 y Johannesburgo 2002) Conocidas como Cumbres de la Tierra. Estocolmo: primera Declaración de Principios para una conciencia de protección del Medio Ambiente. Río de Janeiro: implantó el concepto de Desarrollo sostenible, con el Programa 21 o plan de acción mundial para el Desarrollo sostenible; Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo: conjunto de principios respecto a los derechos civiles y responsabilidades de las naciones en la búsqueda del progreso y el bienestar de la humanidad; Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (que más tarde llevaría al Protocolo de Kyoto). Johannesburgo: acordó mantener los esfuerzos para el Desarrollo sostenible, frenar la degradación medioambiental y la mejora de la vida de las personas en situación de pobreza.
Conflictos civiles: Conflictos armados dentro de las fronteras de un país entre distintos grupos en el que confluyen factores étnicos, religiosos o políticos, asociados con frecuencia a intereses económicos. Aunque también engloba conflictos no necesariamente violentos y negativos, como elementos normales en las relaciones sociales y que contribuyen al mantenimiento, desarrollo o cambio de las entidades de la sociedad.
Consejo de Cooperación al Desarrollo: Órgano consultivo de la Administración General del Estado y de participación en la definición de la política de Cooperación. Forman parte de él; la Administración, instituciones sociales, ONGD, expertos y organismos privados que trabajen en el campo de la Ayuda al Desarrollo. Se le informa de la propuesta del Plan Director y el Plan Anual y de su seguimiento, de la evaluación de la Cooperación y de los anteproyectos de Ley y disposiciones en materia de Cooperación.
Contraparte: O socio local, es la organización de un país del Sur con la que trabaja una ONGD de un país del Norte. Pueden ser organizaciones civiles, religiosas o de la administración pública. Conocen de primera mano el entorno en el que se va a desarrollar el proyecto (social, cultural, económico, religioso, políticoQ) y contactan con la sociedad civil y con las administraciones públicas locales para asegurar la aceptación por la sociedad a quien va dirigido. A efectos prácticos, es la responsable de la identificación de las necesidades, de la propuesta de actividades y el coste estimado, de la ejecución y seguimiento de las mismas, con el apoyo de la ONGD del Norte, en un trabajo coordinado y complementario.
Cooperación descentralizada: Desde un punto de vista teórico, se trata de un nuevo enfoque de la Cooperación caracterizado por la descentralización de iniciativas y de la relación con el Sur, por la incorporación de una amplia gama de nuevos actores de la sociedad civil, y por una mayor participación de los actores de los países del Sur en su propio Desarrollo. En la práctica, consiste en la Cooperación realizada por las administraciones subestatales (gobiernos autónomos, diputaciones, ayuntamientos). Tiene cada vez más relevancia en la Cooperación española, lo que ha propiciado su inclusión en los espacios de coordinación con el gobierno central, y ha permitido un mayor contacto con la sociedad civil y la ciudadanía, sobre todo al estar gestionada principalmente por ONGD, facilitando una mejora en la calidad de la ayuda y un acercamiento a los objetivos de Desarrollo humano sostenible.
Cooperación financiera: Toda transferencia de un país donante a otro receptor, concedida para la financiación de actividades orientadas al Desarrollo del país receptor que se canaliza mediante créditos, donaciones, o venta o donación de mercancías y servicios. Las modalidades principales de Cooperación financiera son: subvenciones y créditos a través de proyectos y programas, las ayudas en mercancías necesarias para el desarrollo del país y que este no puede importar por carecer de recursos, y la financiación de reformas estructurales.
Cooperación Internacional para el Desarrollo: Conjunto de acciones diseñadas y ejecutadas por actores públicos y privados de distintos países, que buscan promover un progreso más justo y equilibrado del mundo, con el objetivo de contribuir a la erradicación de la pobreza y construir un planeta más seguro y pacífico. Incluye así tanto la Ayuda al Desarrollo y la Cooperación en los países del Sur, como la educación para el desarrollo y sensibilización en el Norte. Pretende mejorar las condiciones de vida de las personas, introduciendo cambios económicos, sociales y políticos relacionados con el fomento de los Derechos Humanos, la consolidación de la democracia, y la asunción de valores y actitudes a favor de la paz y la solidaridad. Se ejecuta a través de redes y organizaciones nacionales e internacionales, públicas y privadas tanto del Norte como del Sur.
Cooperación Sur-Sur: Tipo de Cooperación técnica que excluye la participación de los países desarrollados, es decir, se da entre países de nivel similar dentro de los países en Desarrollo (América Latina y Caribe, Asia y África). Un país ofrece asistencia técnica en áreas donde haya tenido experiencias exitosas y que puedan ser desarrolladas de manera óptima en otros países. Suelen ser envío de expertos, seminarios, talleres, y cursos de corta duración. Para la financiación se utiliza la modalidad de costos compartidos entre los países, adicionalmente puede ser financiado mediante una tercera fuente bilateral o multilateral, que apoya la Cooperación entre dos países en Desarrollo.
Cooperación técnica: Cooperación centrada en el intercambio de conocimientos técnicos y de gestión, con el fin de aumentar las capacidades de instituciones y personas para promover su propio Desarrollo. Actividades que comprende: asesoría, programas de becas, apoyo institucional, apoyo al diseño de políticas, capacitación, formación, etc. Se persigue lograr una mayor eficacia en la ayuda y un Desarrollo sostenido y endógeno en la sociedad beneficiaria.
Cooperante: O expatriado. Personal técnico contratado por una ONGD u otros organismos que gestionen proyectos de Cooperación para el Desarrollo, cuyo trabajo está regulado por un contrato laboral, por lo que recibe un salario previamente estipulado, y que realiza su labor en un país en Desarrollo, diferente a su país de origen. Los cooperantes gestionan, proponen, diseñan el proyecto de la organización que representan, apoyan técnicamente al mismo y/o a la organización local. El Estatuto del Cooperante (2006) permitió la regulación de las condiciones de trabajo de los cooperantes españoles y facilitó la estabilidad, seguridad, no discriminación y garantías en la protección social, laboral y fiscal de los cooperantes.
Coordinadora de ONG para el Desarrollo de España (CONGDE): (1994) Compuesta por más de 90 organizaciones y las 17 coordinadoras autonómicas, representando en total a más de 400 entidades. Las ONGD integrantes tienen como referencia el código de conducta de la Coordinadora para la realización de su labor en un marco de democracia y transparencia. La función central de la Coordinadora es la de servir de lugar de debate y reflexión sobre el papel de las ONGD españolas y su incidencia en la sociedad, y más concretamente: dar a conocer el trabajo de las ONGD; reivindicar políticas de Cooperación que garanticen una Ayuda al Desarrollo eficaz; presionar a las administraciones públicas para que tomen medidas que favorezcan el Desarrollo de los pueblos del Sur; trabajar en grupos temáticos en los que las ONGD ponen su trabajo al servicio del colectivo y coordinan actividades conjuntas; potenciar el diálogo con otros agentes sociales; prestar servicio al colectivo de ONGD y ofrecer información especializada al público sobre Cooperación y Educación para el desarrollo; realizar campañas de sensibilización social y potenciar el voluntariado como expresión de participación democrática.
Créditos FAD: Son un fondo de ayuda financiera destinado a países en vías de Desarrollo, bien a través de sus instituciones públicas o de sus empresas. Son créditos blandos, con condiciones más favorables que las ofrecidas por el mercado, o donaciones o aportaciones a fondos multilaterales. En muchos casos son instrumento de la política comercial al financiar proyectos de exportación española, lo que tiene una negativa incidencia en la calidad de la Cooperación española.
Crimen contra la Humanidad: Acto inhumano grave cometido mediante un ataque generalizado o sistemático contra una población civil (población no combatiente) y con conocimiento de dicho ataque. Forma parte de un plan o política preestablecidos, siendo considerados actos inhumanos graves por la Corte Penal Internacional: asesinato, exterminio/genocidio, esclavitud, deportación, tortura, encarcelamiento con violación del derecho internacional, violación y esclavitud sexual, régimen de apartheid, desaparición forzada de personas, persecución de un grupo o una colectividad.
Crimen de guerra: Violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario, es decir, de los convenios, normas y usos aplicables a los conflictos armados internacionales o internos, que implican una responsabilidad penal internacional. Incluye: los atentados graves contra las personas y los bienes; la tortura y los tratos inhumanos; la destrucción o la apropiación de bienes; la obligación de prestar servicio en fuerzas enemigas; la denegación de un juicio justo; la deportación o traslado ilegales; el confinamiento ilegal; la toma de rehenes; los ataques contra la población civil, personal o bienes de operaciones de paz de Naciones Unidas y de la acción humanitaria; el ataque a lugares indefensos; el causar la muerte o lesiones a una persona fuera de combate; la violación, la esclavitud sexual y el embarazo forzado.




